Madrid, 17 de Mayo de 2012

 
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Clientes, proveedores y acreedores

Facilitar el acceso a Pymes (1) y autónomos de la Comunidad de Madrid, a la obtención de avales técnicos para garantizar sus obligaciones frente a terceros (acreedores, clientes y proveedores) en las mejores condiciones del mercado.

(1) Definición de Pyme :

a)Tener una cifra de negocio anual no superior a 50 millones de euros o un balance general anual no superior a 43 millones de euros según el último Impuesto de Sociedades liquidado.
b)Tener una plantilla inferior a 250 trabajadores. La plantilla se obtendrá por la media mensual habida durante los doce últimos meses y se considerará tanto el personal fijo como el eventual.
c)Que sean empresas autónomas, entendiendo por tales aquellas que no pueden calificarse ni como empresa asociada ni como empresa vinculada.
Esta definición es válida para las diferentes formas jurídicas societarias : S.L., S.A., S.L.L., S.A.L., Soc. Coop, etc...

 

Colaboradores

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